Aspectos principales para una auditoría en tu empresa
¿Quieres asegurarte de que tu empresa cumple con los estándares establecidos? Una auditoría es un proceso sistemático para evaluar la conformidad de una organización con los requisitos establecidos.
| 4 Minutos de lectura
| Publicación noviembre 10, 2021| Última actualización noviembre 9, 2023
Como empleador, una de tus principales responsabilidades es procurar que en tu empresa se cumpla con todo lo determinado en la Ley General de Inspección del Trabajo (Ley N°28806). Es recomendable que realices auditorías internas para cerciorarte de que todo en tu organización está en orden y así evitar cualquier sanción futura.
En esta nota, te informamos sobre los tipos de infracciones que existen en el ámbito laboral y las sanciones determinadas por la normativa vigente.
Infracciones en el ámbito laboral
Las infracciones administrativas son incumplimientos de las disposiciones legales y convencionales de trabajo, individuales y colectivas, en materia sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, así como actos u hechos que dificulten la labor inspectiva. Existen tres tipos de infracciones que se clasifican de la siguiente manera [1]:
Infracciones leves: incumplimiento de obligaciones formales que están a cargo del empleador.
Infracciones graves: cuando los actos u omisiones sean contrarios a los derechos laborales del colaborador.
Infracciones muy graves: tienen mayor trascendencia por afectar los derechos constitucionales de los colaboradores.
Las materias respecto de las cuales se imponen infracciones administrativas en el ámbito laboral son: [2]
Relaciones laborales: Incumplimientos de las disposiciones legales, convencionales, individuales y colectivas, colocación, fomento del empleo y modalidades formativas, así como los acuerdos totales o parciales adoptados en el Acta de Conciliación Administrativa.
Seguridad y salud en el trabajo: Incumplimientos de las disposiciones legales de carácter general, convencionales en seguridad y salud en el trabajo aplicables a todos los centros de trabajo, así como las aplicables al sector industria, construcción, energía y mina.
Seguridad social: La omisión a la inscripción en el régimen de prestaciones de salud y en los sistemas de pensiones, sean estos públicos o privados, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica sobre la materia.
Labor inspectiva: Acciones u omisiones de los sujetos obligados, sus presentantes, personas dependientes o de su ámbito organizativo, sean o no trabajadores, contrarias al deber de colaboración por parte de los sujetos inspeccionados por los inspectores.
A continuación, te compartimos algunos ejemplos de las infracciones en materia de relaciones laborales más relevantes que están contempladas en nuestra normativa vigente.
Infracciones leves
- No entregar al colaborador las boletas de pago de remuneraciones, hojas de liquidación de CTS, participación de utilidades u otros beneficios sociales.
- Incumplir con las obligaciones sobre las planillas de pago o registro que las sustituya o registro de colaboradores y prestaciones de servicios, siempre que no esté tipificado como una infracción grave.
- No entregar el reglamento interno de trabajo al colaborador.
- Cualquier otro incumplimiento que afecte las obligaciones formales o documentales, siempre que no esté tipificado como una infracción grave.
Infracciones graves
- No pagar oportunamente las remuneraciones y beneficios laborales.
- No depositar de forma íntegra y oportunamente la CTS.
- Incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el descuento y la entrega de cuotas sindicales y contribuciones destinadas a la constitución y fomento de las cooperativas formadas por los trabajadores sindicalizados.
- Incumplimiento de las disposiciones relacionadas con otorgar facilidades para el ejercicio de la actividad sindical.
Infracciones muy graves
- No pagar la remuneración mínima vital correspondiente.
- No contar con el registro de control de asistencia o impedir o sustituir al trabajador en el registro de su tiempo de trabajo.
- No celebrar por escrito y en los plazos previstos contratos de trabajo, cuando este requisito sea exigible, así como no entregar al trabajador un ejemplar del referido contrato dentro del plazo establecido en la norma correspondiente.
- Incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la jornada de trabajo, refrigerio, trabajo en sobretiempo, trabajo nocturno, descanso vacacional y otros descansos, licencias, permisos y el tiempo de trabajo en general.
¿Cómo se calculan las multas?
Las infracciones se sancionan con una multa cuyo monto está en función a un porcentaje de la UIT (actualmente, una UIT equivale a S/4600), tomando en cuenta el número de colaboradores afectados, la gravedad de la infracción y el régimen laboral al que pertenece la empresa. Éste puede ser Microempresa, Pequeña empresa y No MYPE (gran empresa).
Mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-TR, se publicó la escala de multa
Fuente: El Peruano - Decreto Supremo N° 008-2020-TR, que modifica el artículo 48.1 del Reglamento.
En el decreto se especifica que el MTPE revisa las tablas de sanciones con una periodicidad de dos años.
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