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Cultura y bienestar laboral / Gestión de personas

Propuesta legislativa en Perú: ¿Teletrabajo obligatorio?

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Propuesta legislativa en Perú: ¿Teletrabajo obligatorio?

| 2 Minutos de lectura

| Publicación junio 16, 2025| Última actualización junio 16, 2025


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En Perú, el teletrabajo ha sido una herramienta valiosa para flexibilizar las jornadas laborales, sobre todo durante y después de la pandemia. Sin embargo, una reciente propuesta legislativa busca modificar su naturaleza voluntaria para convertirlo en un derecho obligatorio en determinados casos. Esta medida ha generado opiniones divididas entre especialistas, quienes advierten sobre sus posibles consecuencias legales y prácticas.

 

Tabla de contenidos

  • ¿Qué propone la nueva ley sobre teletrabajo?
  • ¿Quiénes tendrían derecho obligatorio al teletrabajo?
  • ¿Qué dice la normativa actual sobre el teletrabajo?
  • Preguntas frecuentes

¿Qué propone la nueva ley sobre teletrabajo?

El dictamen aprobado el 3 de junio en la Comisión de Trabajo del Congreso plantea modificar la Ley de Teletrabajo para hacerlo obligatorio en dos situaciones específicas. El proyecto de ley N° 10612/2024-CR señala que si el trabajador se encuentra en alguna de las siguientes condiciones y solicita trabajar de forma remota, el empleador no podrá rechazarlo:

  • Personas con discapacidad debidamente acreditada.
  • Madres y padres solteros sin apoyo familiar con hijos con discapacidad.

Este dictamen debe ser aún debatido en el Pleno del Congreso y, de aprobarse, se remitirá al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

¿Quiénes tendrían derecho obligatorio al teletrabajo?

La norma establece que los trabajadores en las dos situaciones mencionadas podrán acceder al teletrabajo como un derecho innegociable. En otras palabras, si se solicita formalmente, la empresa estará obligada a concederlo.

 

Esta modificación implica un cambio importante frente a la ley actual, en la que el teletrabajo se promueve de forma preferente para personas en situación de vulnerabilidad, pero no es obligatorio.

¿Qué dice la normativa actual sobre el teletrabajo?

La actual Ley de Teletrabajo en Perú ya contempla un enfoque inclusivo y preferente hacia poblaciones vulnerables. Según el marco vigente, el teletrabajo se fomenta para:

 

  • Personas con discapacidad.
  • Gestantes y lactantes.
  • Responsables del cuidado de niños, adultos mayores o personas con enfermedades graves o terminales.
  • Personas en grupos de riesgo por enfermedades preexistentes.

Sin embargo, esta situación es opcional y su aplicación depende de una evaluación entre el empleador y el colaborador.


Preguntas frecuentes

  • ¿Ya está vigente esta norma?
    No. La propuesta fue aprobada en la Comisión de Trabajo, pero aún debe pasar al Pleno del Congreso y ser ratificada por el Ejecutivo.
  • ¿Qué sucede si una empresa niega el teletrabajo en los casos propuestos?
    De aprobarse la ley, negarse a otorgar el teletrabajo en los casos mencionados podría significar una infracción laboral, con sanciones administrativas o demandas legales.
  • ¿Cómo se acredita la discapacidad o la falta de apoyo familiar?
    El proyecto menciona la necesidad de acreditación, pero no detalla los mecanismos específicos, lo que genera dudas sobre su implementación práctica.
  • ¿Puede una empresa implementar ajustes razonables sin recurrir al teletrabajo?
    Sí. La ley actual ya contempla ajustes razonables en el entorno de trabajo para personas con discapacidad, sin que necesariamente implique teletrabajo.

La propuesta para hacer obligatorio el teletrabajo en ciertos casos abre un debate necesario sobre inclusión, flexibilidad laboral y los límites de la intervención legislativa. Si bien busca proteger a poblaciones vulnerables, también plantea desafíos prácticos que deben ser considerados por empleadores, trabajadores y autoridades. En este contexto, es fundamental que las organizaciones se mantengan informadas y preparadas para adaptarse a los posibles cambios, priorizando tanto el bienestar de sus equipos como la viabilidad de sus operaciones.

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