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Las gratificaciones: lo que debes tener en cuenta para su pago

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Las gratificaciones: lo que debes tener en cuenta para su pago

Autor:

Buk

| 3 Minutos de lectura

El pago de las gratificaciones legales es un beneficio que reciben los colaboradores tanto en las quincenas de julio como en diciembre. Ahora que se aproxima el segundo depósito del año, te compartimos algunos puntos importantes que debes considerar.

 

¿Cómo se calcula?

El monto que recibe el colaborador equivale a la remuneración que éste percibe al momento de obtener este beneficio, sin embargo, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos.

En este cálculo, se debe considerar los días efectivamente trabajados del colaborador, que abarcan los días laborales regulares y los correspondientes a descanso vacacional, licencia con goce de haber y licencias que originen el pago de algún subsidio. 

Para saber cuál es el monto correspondiente, es relevante considerar lo siguiente: si el colaborador trabajó el semestre completo (de enero a junio o de julio a diciembre), le corresponde una gratificación completa. En el caso que haya trabajado menos de un semestre completo, se hará el cálculo proporcional de la gratificación.

Lo siguiente es definir la remuneración computable por sobre la cual se hará el cálculo de la gratificación. Según se explica en el Decreto Supremo Nº 005-2002-TR, ésta es aquella percibida mensualmente por el colaborador. Luego, se debe considerar si el colaborador recibe una remuneración fija (que contempla el sueldo básico y la asignación familiar, los cuales se reciben de forma fija) o si su sueldo incorpora conceptos variables (comisiones, horas extras, bonos, entre otros).

Además, cabe mencionar que la gratificación se encuentra exonerada del pago de tributos. También, el 9% que el empleador aporta a EsSalud se le entrega al colaborador bajo la modalidad de bonificación extraordinaria, según se establece la Ley Nº 30334. En caso que el colaborador esté afiliado a una EPS, la bonificación será de 6.75%. 

 

¿En qué caso se da la gratificación trunca? 

La  recibe el colaborador cuando éste cesa antes que se dé el tiempo de pago (primera quincena de julio o diciembre).

 

¿Quiénes reciben este beneficio?

Los trabajadores sujetos a la actividad privada que cuentan con un contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial tienen derecho a acceder a las gratificaciones legales. 

En el caso de las trabajadoras del hogar, también pueden recibir este beneficio cuyo monto es igual a un sueldo, como se establece en la Ley N° 31047.

 

A continuación, mencionamos algunos casos de trabajadores que no acceden la gratificación:

  • Los trabajadores que perciben una remuneración anual integral.
  • Los trabajadores del régimen laboral agrario (Ley N° 27360, modificado por el D.U 043-2019), pues en su remuneración diaria integral está incluido el 16.66% de gratificaciones. 
  • Los trabajadores independientes.

¿Cuáles son las condiciones que deben cumplir los colaboradores para recibir la gratificación?

Según la Ley N°27735, el colaborador debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Llevar un mes completo laborando en la empresa, anterior al mes en el que se dé la oportunidad de pago de la gratificación.
  • Debe estar cumpliendo su trabajo durante la primera quincena de los meses en los que se realiza en pago de la gratificación.

 

La gratificación en tiempos de pandemia

La pandemia trajo consigo muchos cambios en el ámbito laboral privado, entre ellos, la instauración del trabajo remoto. A pesar de este cambio, los colaboradores que trabajen bajo esta modalidad, tienen el derecho a recibir los beneficios sociales que les corresponde, entre ellos, el pago de la gratificación. 

 

Por otro lado, desde que quedó sin efecto la suspensión perfecta de labores, se toma en cuenta el tiempo computable hasta el 31 de diciembre de este año.

 

¿Qué sucede si no se paga la gratificación?

En el caso que el empleador no pague la gratificación o deposite un monto menor al que corresponde, estaría cometiendo una infracción grave en materia de relaciones laborales. La multa a pagar dependerá del número de colaboradores afectados, la gravedad de la infracción y el régimen laboral al que pertenece la empresa. Si quieres saber más de infracciones laborales, te invitamos a leer la siguiente nota

 

¿Conoces Buk?

Buk es un software integral de recursos humanos que cuenta con un sistema de planillas que te ayudará a realizar los cálculos de una forma más ágil y eficaz minimizando algún error que pueda producir que la empresa cometa una infracción laboral. 

 

Para el cálculo de la gratificación, nuestra plataforma puede configurarse de acuerdo a tus necesidades. Podrás hacer el cálculo del tiempo computable por meses completos (de acuerdo a lo que establece la ley N°27735) o considerar los meses y días laborados.

 

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