Remuneraciones: ¿Cuándo debo pagar los beneficios de las planillas?
Remuneraciones y beneficios. Ambos deben ser gestionados de manera oportuna. ¿Cuándo tienes que pagar los beneficios sociales que corresponden a tus colaboradores? En esta nota te presentamos información útil.
| 2 Minutos de lectura
| Publicación octubre 31, 2023| Última actualización abril 1, 2024
Remuneraciones y beneficios. Son dos aspectos que van de la mano. Aparte del sueldo que los miembros de tu empresa reciben como compensación por el trabajo realizado, tú como empleador, también debes ocuparte de pagar los beneficios que por ley les corresponden. Estos se realizan en determinadas situaciones o en fechas específicas del año. En esta nota los recordaremos.
Beneficios que debes pagar durante el año
Utilidades: son un porcentaje de las ganancias de una organización, luego de descontar inversiones e impuestos. Los colaboradores que reciben este beneficio son aquellos que se encuentran en planilla o hayan estado laborando en la empresa el año anterior antes de recibirlo.
Como empleador, debes gestionar el pago de las utilidades dentro de los 30 días siguientes a partir de la fecha del vencimiento de la declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR). Para saber cómo se calculan las utilidades, te invitamos a leer la siguiente nota.
CTS: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que también se entrega al colaborador que labora bajo el régimen de la actividad privada y sirve como un ingreso que le permite cubrir las incidencias que se producen en el cese o fin del vínculo laboral con la organización.
La CTS se deposita semestralmente en la institución bancaria elegida por el colaborador. El primer pago debe realizarse en el mes de mayo, máximo el día 15, y el segundo en el mes de noviembre, teniendo como último día el 15 de dicho mes.
Para el correcto cálculo de la CTS, debes tener en cuenta la remuneración computable, entre otros puntos. Aquí te explicamos más detalles que pueden ser de utilidad para ti.
Gratificación: esta forma parte de los beneficios sociales que por ley se les otorga a los colaboradores. La gratificación se deposita dos veces al año. La primera, durante los primeros quince días del mes de julio y la segunda en diciembre, teniendo como fecha máxima de pago el día 15. En esta nota, te brindamos mayor detalle sobre su cálculo y las condiciones que tus colaboradores deben cumplir para recibirla.
Remuneración vacacional: como su nombre lo indica, se pagan en el momento del goce vacacional. El monto que te corresponde depositar es la remuneración que el colaborador hubiera recibido si es que se hubiera encontrado trabajando. Si quieres saber más de este pago, te compartimos la siguiente nota.
La gestión de las remuneraciones y beneficios de las planillas puede ser un poco compleja si no se cuenta con las herramientas adecuadas. Por eso, súmate a la transformación digital para que puedas hacer tus tareas administrativas de una manera más sencilla. Buk es un software integral de Gestión de Personas que tiene un sistema de planillas con el que puedes automatizar el cálculo del sueldo, CTS, gratificaciones, utilidades y más. También, te ayudamos a generar los archivos que necesitas para tus gestiones de AFPNet y PLAME. Por otro lado, por medio de la plataforma, puedes obtener reportes de nómina personalizados a los que puedes acceder a un solo clic. Estos te ayudarán a ser más eficiente en tus procesos.
¡Agenda una llamada con nosotros aquí para que conozcas más de nuestras soluciones!
¡Hola! Soy María Gracia. Soy comunicadora, busco transmitir información útil para que las personas estén al tanto d...
¡Déjanos tu comentario!