Vacaciones: Reglas clave para una gestión adecuada
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| Publicación julio 9, 2026| Última actualización julio 9, 2026
- Iván Blume, socio de Cuatrecasas. Experto en derecho Laboral y Protección de Datos.
La llegada de julio, las vacaciones escolares y los feriados por Fiestas Patrias plantean un reto clave de gestión para las áreas de Recursos Humanos. Es una época donde el deseo de los colaboradores por disfrutar en familia debe alinearse cuidadosamente con la necesidad empresarial de mantener la operatividad intacta.
Afrontar este desafío exitosamente requiere entender que las vacaciones, más allá de un trámite administrativo, son un derecho regulado que exige equilibrio. Conocer estas reglas a fondo es la mejor herramienta para gestionarlas, evitar tensiones innecesarias y prevenir contingencias. En este artículo, abordamos las pautas principales sobre las vacaciones y cómo gestionarlas sin morir en el intento.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
La regla general es que los trabajadores sujetos al régimen laboral privado tienen derecho a 30 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios, siempre que cumplan el récord vacacional exigido. Así lo reconoce el régimen de descansos remunerados del Decreto Legislativo N.° 713.
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen el mismo número de días:
· Régimen general: 30 días calendario por año completo de servicios.
· Régimen MYPE: 15 días calendario por año.
· Trabajadores part time: 6 días de descanso anual.
Un punto clave: cuando la norma habla de días calendario, se cuentan también sábados, domingos, feriados y días no laborables. Es decir, si alguien inicia vacaciones un viernes y vuelve el lunes siguiente, el sábado y domingo también se computan dentro del descanso. Siguiendo esta regla; por ejemplo, si toma vacaciones en Fiestas Patrias retornando el jueves 30 de julio, los días 28 y 29 se contabilizan como vacaciones, pese a ser feriados.
¿Quién decide cuándo se toman las vacaciones?
La fecha de vacaciones debe fijarse por acuerdo entre trabajador y empleador. Lo recomendable es que la solicitud y aprobación queden por escrito o registradas en el sistema interno. Si no hay acuerdo, el empleador puede decidir la oportunidad del descanso en uso de su facultad directiva.
En la práctica, lo ideal es que las empresas cuenten con una política de vacaciones, con plazos para solicitar descansos, canales de aprobación y reglas para áreas críticas o temporadas de alta demanda.
Fraccionamiento de vacaciones
Las vacaciones pueden fraccionarse siguiendo ciertas reglas. Para el régimen general de 30 días, el descanso puede dividirse así: 15 días calendario pueden gozarse en bloques de 7 y 8 días ininterrumpidos, y los 15 restantes pueden tomarse en periodos menores, incluso de un día, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador.
Esto permite mayor flexibilidad, especialmente para quienes necesitan días puntuales para trámites, viajes cortos o asuntos familiares. Para las empresas, también facilita ordenar los descansos sin afectar la operación.
Compra o reducción de vacaciones
La llamada “compra de vacaciones” es, en realidad, una reducción del descanso vacacional. En el régimen general, trabajador y empleador pueden acordar por escrito que el descanso de 30 días se reduzca hasta 15. A cambio, el trabajador recibe compensación económica por los días reducidos.
Esto no significa que el trabajador pueda vender todas sus vacaciones. Como mínimo, debe gozar 15 días de descanso efectivo. Además, el acuerdo debe constar por escrito y no debería usarse como práctica generalizada para reemplazar el descanso.
Acumulación de vacaciones
Excepcionalmente, la acumulación permite juntar hasta dos periodos vacacionales, siempre que exista acuerdo escrito y el trabajador goce al menos 7 días continuos de descanso dentro del año correspondiente.
¿Qué pasa si no se toman vacaciones a tiempo?
Si el trabajador no goza sus vacaciones dentro del año siguiente a aquel en que adquirió el derecho, se genera la llamada triple vacacional. Esto implica: (i) una remuneración por el trabajo realizado, (ii) una remuneración por el descanso adquirido y no gozado, y (iii) una indemnización equivalente a la remuneración vacacional por no haber disfrutado el descanso oportunamente.
No obstante, existe un criterio jurisprudencial relevante: la Corte Suprema ha señalado que no corresponde indemnización vacacional si el trabajador gozó parte del descanso —por lo menos 7 días—, según el caso analizado.
Recomendaciones finales
Una adecuada gestión de las vacaciones requiere planificación anticipada, solicitudes formalizadas por los canales establecidos, control actualizado de los días pendientes y políticas internas claras. Cumplir con los plazos legales y conservar constancia de las aprobaciones no solo reduce riesgos laborales, sino que también contribuye a formar un buen clima interno, la productividad y el bienestar de los equipos.



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