Ley 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en Perú 2026
La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, es la norma peruana que obliga a todo empleador a implementar un Sistema de Gestión SST, prevenir riesgos laborales y proteger a sus trabajadores. Fue publicada en 2011 y la fiscaliza SUNAFIL, con multas de hasta 52.53 UIT.
| 13 Minutos de lectura
| Publicación julio 2, 2026| Última actualización julio 2, 2026
Garantizar condiciones de trabajo seguras no solo constituye una obligación legal para las empresas, sino también una medida clave para reducir accidentes, enfermedades ocupacionales y contingencias laborales. En Perú, la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece los principios, responsabilidades y mecanismos que deben implementar los empleadores para gestionar los riesgos laborales. En esta guía conocerás qué establece la norma, a quiénes aplica, cuáles son sus principales obligaciones y qué medidas deben adoptar las organizaciones para cumplir con la legislación vigente.
¿Qué es la Ley 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en Perú y qué establece?
La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, es la norma que regula la prevención de los riesgos laborales en el Perú. Su objetivo es proteger la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores mediante la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en todas las organizaciones, promoviendo una cultura de prevención y mejora continua.
La ley fue promulgada el 20 de agosto de 2011 y posteriormente reglamentada mediante el Decreto Supremo N.° 005-2012-TR. Además, ha sido modificada por la Ley N.° 30222, que incorporó medidas para facilitar su implementación, y por la Ley N.° 31246, que fortaleció la protección de los trabajadores frente a nuevas modalidades de prestación de servicios. Antes de publicar información normativa, siempre es recomendable verificar la vigencia de las modificatorias en el diario oficial El Peruano.
La norma establece que todo empleador tiene la obligación de identificar los peligros presentes en el centro de trabajo, evaluar los riesgos asociados a las actividades que realizan sus trabajadores e implementar las medidas necesarias para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Asimismo, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en Perú reconoce el derecho de los trabajadores a recibir información, capacitación, equipos de protección personal cuando correspondan y a participar activamente en la gestión de la seguridad y salud dentro de la organización.
Más que imponer obligaciones aisladas, la Ley 29783 promueve un sistema permanente de gestión basado en la prevención, la participación de los trabajadores y la mejora continua de las condiciones laborales.
¿A quién aplica la Ley 29783 en Perú?
La Ley 29783 tiene un alcance amplio y se aplica a prácticamente toda relación laboral en el país, independientemente del tamaño de la empresa o del régimen bajo el cual opere. Su finalidad es garantizar que todas las personas que desarrollan actividades laborales cuenten con condiciones de trabajo seguras y saludables.
Entre los principales sujetos comprendidos por la norma se encuentran:
Sectores y tipos de trabajador cubiertos
1. Empresas del sector privado
Toda empresa privada, sin importar el número de trabajadores o la actividad económica que desarrolle, debe implementar medidas de seguridad y salud en el trabajo acordes con los riesgos de sus operaciones.
Las obligaciones pueden variar según el tamaño de la organización, pero la responsabilidad de prevenir riesgos laborales alcanza tanto a grandes empresas como a micro, pequeñas y medianas empresas.
2. Entidades del sector público
Ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, organismos públicos, empresas estatales y demás entidades del Estado también deben cumplir con las disposiciones de la Ley 29783 e implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Trabajadores sujetos a cualquier modalidad de contratación
La protección prevista por la ley no depende únicamente de la existencia de un contrato laboral tradicional.
La norma alcanza a trabajadores contratados bajo distintas modalidades, incluyendo contratos sujetos a modalidad, trabajadores a plazo indeterminado, trabajadores de dirección y personal de confianza.
4. Practicantes y personas en formación
Los practicantes preprofesionales y profesionales también se encuentran protegidos por la Ley 29783 mientras desarrollan actividades dentro de una organización.
Por ello, las empresas deben brindarles condiciones de trabajo seguras, capacitarlos sobre los riesgos existentes y adoptar las medidas preventivas necesarias para proteger su integridad.
5. Trabajadores de empresas contratistas y tercerizadoras
Cuando una empresa contrata servicios de terceros o recurre a la tercerización de actividades, mantiene determinadas responsabilidades respecto de la coordinación de las medidas de seguridad y salud en el trabajo.
En estos casos, tanto la empresa principal como las contratistas deben coordinar acciones para prevenir riesgos y proteger a todas las personas que desarrollan labores dentro del centro de trabajo.
6. Trabajadores que realizan teletrabajo o trabajo remoto
La evolución de las modalidades laborales también ha ampliado el alcance práctico de la Ley 29783.
Las empresas deben identificar y gestionar los riesgos asociados al teletrabajo o al trabajo remoto, promoviendo condiciones ergonómicas adecuadas, capacitación y medidas preventivas compatibles con estas modalidades de prestación de servicios.
¿Cuáles son los 9 principios de la Ley 29783?
La Ley 29783 se sustenta en nueve principios que orientan todo el sistema de prevención de riesgos laborales en el Perú. Estos principios sirven de base para interpretar las obligaciones de empleadores y trabajadores, así como para diseñar las políticas de seguridad y salud dentro de cada organización.
|
Principio |
¿Qué exige al empleador? |
|
Prevención |
Identificar los riesgos y adoptar medidas para evitar accidentes y enfermedades ocupacionales. |
|
Responsabilidad |
Asumir las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones en materia de SST. |
|
Cooperación |
Coordinar acciones entre empleadores, trabajadores y demás actores para gestionar los riesgos laborales. |
|
Información y capacitación |
Informar sobre los riesgos del puesto y capacitar periódicamente a los trabajadores. |
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Gestión integral |
Integrar la seguridad y salud en todos los procesos y decisiones de la organización. |
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Atención integral de la salud |
Garantizar vigilancia médica y atención frente a accidentes o enfermedades ocupacionales. |
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Consulta y participación |
Permitir que los trabajadores participen en las decisiones relacionadas con la SST mediante sus representantes o el Comité de SST. |
|
Primacía de la realidad |
Evaluar las condiciones reales de trabajo por encima de aspectos meramente formales. |
|
Protección |
Priorizar la protección de la vida, la salud y el bienestar del trabajador en toda decisión empresarial. |
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST): ¿qué debe incluir?
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) es el conjunto de políticas, procedimientos, responsabilidades y controles que toda organización debe implementar para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
La Ley 29783, en sus artículos 17 al 21, establece que este sistema debe formar parte de la gestión general de la empresa y desarrollarse bajo un enfoque de mejora continua. No se trata únicamente de cumplir con una obligación legal, sino de gestionar de manera permanente los riesgos presentes en cada actividad laboral.
Para que el SG-SST funcione adecuadamente, debe contemplar como mínimo una política de seguridad y salud, la identificación y evaluación de riesgos, programas de capacitación, vigilancia de la salud, investigación de incidentes, auditorías y registros que permitan demostrar el cumplimiento de la normativa.
Política de SST
Toda empresa debe contar con una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobada por la alta dirección.
Este documento representa el compromiso formal del empleador con la prevención de riesgos laborales y debe servir como guía para todas las decisiones relacionadas con la seguridad y salud dentro de la organización.
Como mínimo, la política debe:
- establecer el compromiso de prevenir lesiones y enfermedades ocupacionales;
- cumplir la legislación vigente en materia de SST;
- promover la mejora continua del sistema de gestión;
- fomentar la consulta y participación de los trabajadores; y
- encontrarse documentada y ser conocida por todo el personal.
No basta con elaborar el documento. La política debe comunicarse, difundirse y revisarse periódicamente para asegurar que continúe siendo adecuada a las actividades de la empresa.
IPERC (Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos)
La Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPERC) constituye uno de los pilares del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Su finalidad es identificar los peligros presentes en cada puesto de trabajo, evaluar el nivel de riesgo asociado y definir las medidas de control necesarias para eliminarlo o reducirlo hasta niveles aceptables.
El proceso de IPERC suele desarrollarse en cuatro etapas:
- Identificar los peligros presentes en cada actividad.
- Evaluar la probabilidad y severidad del riesgo.
- Determinar los controles necesarios para reducir el riesgo.
- Actualizar la evaluación cuando cambien las condiciones de trabajo, los procesos o la organización.
Por ejemplo, en una empresa industrial, un IPERC puede identificar riesgos derivados de maquinaria en movimiento, manipulación manual de cargas, exposición al ruido o trabajo en altura. En una oficina, en cambio, los principales riesgos pueden estar relacionados con factores ergonómicos, fatiga visual o riesgos psicosociales.
La identificación temprana de estos peligros permite adoptar medidas preventivas antes de que ocurra un accidente o una enfermedad ocupacional.
Registros obligatorios y su tiempo de conservación
Uno de los aspectos que con mayor frecuencia genera observaciones durante una fiscalización de SUNAFIL es la falta de registros correctamente documentados.
La Ley 29783 establece que los registros del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo pueden llevarse en formato físico o electrónico. Asimismo, dispone que las micro y pequeñas empresas pueden utilizar mecanismos simplificados, siempre que permitan demostrar el cumplimiento de sus obligaciones.
Los plazos de conservación, sin embargo, no están establecidos en la Ley, sino en el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo N.° 005-2012-TR).
Registros obligatorios
|
Registro |
Plazo mínimo de conservación |
Base normativa |
|
Registro de enfermedades ocupacionales |
20 años |
Art. 35 del Reglamento |
|
Registro de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos |
10 años |
Art. 35 del Reglamento |
|
Demás registros del SG-SST (capacitaciones, inspecciones, monitoreos, auditorías, entrega de EPP, etc.) |
5 años |
Art. 35 del Reglamento |
Además, la normativa exige mantener disponible el registro de accidentes de trabajo correspondiente a los últimos doce meses, así como conservar el historial de dichos registros durante el plazo establecido por el Reglamento.
La conservación adecuada de estos documentos permite demostrar el cumplimiento de las obligaciones legales y facilita la atención de inspecciones o investigaciones relacionadas con accidentes de trabajo.
¿Cuándo es obligatorio el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo?
La Ley 29783 establece que la obligación de contar con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST)depende del número de trabajadores que tenga la empresa.
- Empresas con 20 o más trabajadores: deben constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Empresas con menos de 20 trabajadores: deben designar un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Esta diferencia busca adaptar el sistema de representación a la realidad de cada organización sin eliminar la obligación de gestionar los riesgos laborales.
El Comité debe estar integrado de manera bipartita, es decir, por representantes del empleador y de los trabajadores en igual número. Entre sus principales funciones se encuentran:
- supervisar el cumplimiento del Sistema de Gestión de SST;
- revisar investigaciones de accidentes e incidentes;
- proponer mejoras preventivas;
- promover la participación de los trabajadores; y
- realizar seguimiento a las acciones correctivas implementadas por la empresa.
Ejemplo práctico
Una empresa de servicios con 18 trabajadores no está obligada a constituir un Comité de SST, pero sí debe designar un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En cambio, una empresa que incrementa su planilla a 22 trabajadores deberá conformar un Comité paritario conforme a las disposiciones de la Ley 29783.
Capacitaciones obligatorias en SST según la Ley 29783
La capacitación constituye uno de los principales mecanismos para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
La Ley 29783 establece que el empleador debe garantizar que todos los trabajadores reciban formación suficiente sobre los riesgos asociados a sus funciones y las medidas de prevención aplicables a su puesto.
Aunque la normativa no enumera expresamente "cuatro cursos obligatorios", en la práctica los programas de capacitación suelen estructurarse alrededor de cuatro contenidos esenciales que responden a las obligaciones previstas por la ley y su reglamento.
1. Inducción en Seguridad y Salud en el Trabajo
Todo trabajador debe recibir una inducción antes de iniciar sus labores.
Esta capacitación presenta las políticas de SST de la empresa, los riesgos generales del centro de trabajo, los procedimientos internos y las responsabilidades del trabajador en materia de prevención.
Debe realizarse cada vez que una persona ingresa a la organización o cambia de puesto de trabajo.
2. Prevención de riesgos específicos del puesto
Cada trabajador debe recibir capacitación sobre los riesgos particulares asociados a las funciones que desempeña.
Por ejemplo, un operador de maquinaria requiere formación distinta a la de un trabajador administrativo o un colaborador que realiza trabajo en altura.
La capacitación debe actualizarse cuando cambien los procesos, los equipos o las condiciones de trabajo.
3. Uso correcto de Equipos de Protección Personal (EPP)
Cuando la actividad lo requiera, el empleador debe capacitar a los trabajadores sobre:
- selección del EPP adecuado;
- uso correcto;
- mantenimiento;
- reemplazo; y
- limitaciones de protección.
Entregar equipos de protección sin capacitación no resulta suficiente para cumplir con las obligaciones de prevención establecidas por la normativa.
4. Respuesta ante emergencias
Los trabajadores también deben conocer los procedimientos que deben seguir frente a situaciones de emergencia, tales como:
- incendios;
- sismos;
- evacuaciones;
- fugas de sustancias peligrosas; o
- primeros auxilios, según corresponda.
Estas capacitaciones deben complementarse con simulacros y actividades preventivas que permitan verificar la eficacia de los procedimientos establecidos por la empresa.
¿Qué multas aplica SUNAFIL por incumplir la Ley 29783?
El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 29783 puede dar lugar a sanciones económicas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), entidad encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Las multas varían según el tipo de infracción, el número de trabajadores afectados y el tamaño de la empresa. Las infracciones pueden ser leves, graves o muy graves, siendo estas últimas las que generan las sanciones más elevadas.
En 2026, la multa máxima para una empresa del régimen general puede alcanzar 52.53 UIT, equivalente a S/288,915, considerando una UIT de S/5,500.
Entre las infracciones más frecuentes se encuentran:
- no implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo;
- no conformar el Comité de SST cuando corresponde;
- no realizar las capacitaciones obligatorias;
- incumplir con la vigilancia de la salud de los trabajadores; y
- no investigar ni registrar adecuadamente los accidentes de trabajo.
Si deseas conocer el detalle de las escalas de multas, los criterios de graduación y las sanciones aplicables según el tamaño de la empresa, puedes consultar nuestra guía completa sobre SUNAFIL y su régimen sancionador.
Régimen general vs. régimen MYPE: ¿cambia la exigencia de SST?
Sí, pero solo en determinados aspectos operativos.
La Ley N.° 30222 introdujo medidas para facilitar la implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo en las micro y pequeñas empresas. Sin embargo, ello no significa que las MYPE estén exentas de cumplir la Ley 29783.
Todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben prevenir los riesgos laborales y proteger la salud de sus trabajadores. Lo que cambia son algunas exigencias administrativas y la posibilidad de aplicar mecanismos simplificados.
|
Aspecto |
Régimen general |
Micro y pequeña empresa (MYPE) |
|
Implementar un SG-SST |
Obligatorio |
Obligatorio |
|
Política de SST |
Obligatoria |
Obligatoria |
|
IPERC |
Obligatorio |
Obligatorio |
|
Capacitaciones |
Obligatorias |
Obligatorias |
|
Comité o Supervisor de SST |
Según número de trabajadores |
Según número de trabajadores |
|
Registros del SG-SST |
Completos |
Pueden utilizar formatos simplificados conforme a la normativa |
|
Conservación de registros |
Se aplican los plazos establecidos por el Reglamento |
Se aplican los mismos plazos de conservación |
En consecuencia, las MYPE mantienen las principales obligaciones de prevención previstas por la Ley 29783, aunque cuentan con herramientas que buscan reducir la carga administrativa sin afectar la protección de los trabajadores.
Cómo un software de RRHH simplifica el cumplimiento de la Ley 29783
Cumplir con la Ley 29783 implica mucho más que elaborar documentos. Las empresas deben administrar políticas de SST, matrices IPERC, capacitaciones, exámenes médicos ocupacionales, investigaciones de accidentes, registros obligatorios y plazos de conservación documental.
Cuando esta información se gestiona mediante hojas de cálculo, archivos físicos o múltiples plataformas, aumenta el riesgo de perder documentación, incumplir vencimientos o presentar información incompleta durante una inspección.
Un software de Recursos Humanos permite centralizar estos procesos en una sola plataforma, facilitando el seguimiento de capacitaciones, el almacenamiento de registros, el control de vencimientos y la trazabilidad de la información relacionada con Seguridad y Salud en el Trabajo.
Con Buk, las empresas pueden digitalizar gran parte de estos procesos, mantener organizada la documentación exigida por la normativa y fortalecer el cumplimiento de sus obligaciones laborales mediante una gestión más eficiente. Mira una demo y descubre cómo simplificar la gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo desde una única plataforma.
FAQ´s: Ley 29783
¿Qué nos establece la Ley 29783?
La Ley 29783 obliga a los empleadores a prevenir riesgos laborales mediante un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y proteger la salud de sus trabajadores.
¿Qué ley regula la Seguridad y Salud en el Trabajo en Perú?
La Seguridad y Salud en el Trabajo está regulada por la Ley N.° 29783 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 005-2012-TR.
¿Cuándo se creó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo?
La Ley N.° 29783 fue promulgada el 20 de agosto de 2011 y continúa siendo la principal norma en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Perú.
¿Cuáles son las capacitaciones obligatorias de la Ley 29783?
La ley exige que los trabajadores reciban capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo, incluyendo inducción, prevención de riesgos, uso de equipos de protección y respuesta ante emergencias.
¿Cuándo es obligatorio el Comité de SST?
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es obligatorio en empresas que cuentan con 20 o más trabajadores. Las empresas con menos de 20 trabajadores deben designar un Supervisor de SST.
¿Cuántos principios guían la Ley 29783?
La Ley 29783 se basa en nueve principios: prevención, responsabilidad, cooperación, información y capacitación, gestión integral, atención integral de la salud, consulta y participación, primacía de la realidad y protección.

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