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Pago de sueldos con Yape o Plin: se aprueba nuevo reglamento

En un escenario marcado por la expansión de los pagos electrónicos y las políticas de inclusión financiera, el Gobierno del Perú reconoció oficialmente a las billeteras digitales —como Yape o Plin— como un mecanismo válido para el abono de remuneraciones y otras obligaciones derivadas de la relación laboral.

La medida se concreta con la aprobación del Reglamento de la Ley N.° 32413, mediante el Decreto Supremo N.° 011-2026-EF, que habilita su uso tanto en el sector público como en el privado, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador y se garanticen condiciones de seguridad y transparencia en las transacciones.

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| 2 Minutos de lectura

| Publicación febrero 12, 2026| Última actualización febrero 12, 2026


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Aprueban pago de sueldos vía Yape y Plin en Perú
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¿Qué implica esta modificación para el mundo laboral?

La norma reglamentaria desarrolla los criterios de la Ley N.° 32413, publicada en julio de 2025, que reconoce las billeteras digitales como alternativa al depósito bancario tradicional para que los empleadores abonen sueldos, beneficios sociales y otras obligaciones laborales.

 

Este cambio responde a una agenda de inclusión financiera, buscando ampliar las opciones de acceso a servicios financieros para trabajadores que aún no utilizan cuentas bancarias, así como facilitar procesos de pago más ágiles y adaptados al avance tecnológico.

¿Qué comprende el nuevo reglamento?

Requisitos para el uso de billeteras digitales

El reglamento establece un marco claro para que las billeteras digitales puedan emplearse como medio de pago de haberes y otras obligaciones laborales, bajo principios de seguridad, transparencia y libre elección del trabajador sobre la entidad o plataforma digital que desee utilizar.

 

Este uso se realiza mediante cuentas de ahorro o cuentas de dinero electrónico vinculadas a billeteras digitales autorizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que supervisa y regula los estándares de seguridad aplicables.

 

Además, la norma prohíbe que el empleador imponga una billetera específica o condicione la elección del trabajador, protegiendo su derecho a decidir libremente cómo recibir sus haberes.

Pago de remuneraciones y obligaciones laborales

La regulación incorpora a las billeteras digitales dentro de las formas de acreditación válida de pago de remuneraciones y beneficios, lo que permite su uso para depósitos periódicos de sueldos, gratificaciones y otros beneficios legales, siempre que el trabajador lo solicite de manera informada y de común acuerdo con el empleador.

 

Esta disposición no sustituye otros mecanismos tradicionales, como las cuentas bancarias, sino que se suma como alternativa opcional y voluntaria, especialmente útil para trabajadores no bancarizados o con acceso limitado al sistema financiero tradicional.

Implicancias para la gestión de Recursos Humanos

Desde una perspectiva organizacional, la opción de pagar haberes a través de billeteras digitales representa un cambio que puede facilitar la inclusión financiera y la flexibilidad operativa, pero también exige revisar procesos internos de gestión de pagos y cumplimiento normativo.

 

Los equipos de RR.HH. deberán:

 

  • Establecer protocolos para registrar y validar la elección de medio de pago por parte de los colaboradores.
  • Asegurar que las billeteras digitales utilizadas cumplan con la supervisión de la SBS y los estándares de seguridad requeridos.
  • Ajustar sus procesos de nómina para garantizar la trazabilidad y registro apropiado de los pagos realizados a través de medios digitales.

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Preguntas Frecuentes

¿Las billeteras digitales sustituyen la cuenta bancaria tradicional?

No. La modalidad es opcional y se aplica solo si existe acuerdo entre trabajador y empleador, conservando los mismos principios y derechos que el pago por cuenta bancaria. 

¿Qué condiciones deben cumplir las billeteras digitales?

Deben estar autorizadas para operaciones con dinero electrónico y cumplir con los estándares de seguridad y supervisión establecidos por la SBS.

¿Se puede cambiar de medio de pago durante la relación laboral?

Sí. El trabajador puede modificar su elección de medio de pago en cualquier momento, siempre que lo informe de acuerdo con los procedimientos internos y los plazos que establezca la organización.

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