Seguro Vida Ley: qué es, coberturas y beneficiarios (2026)
El Seguro Vida Ley es un seguro obligatorio que todo empleador en Perú debe contratar desde el primer día de labores del trabajador. Cubre una indemnización equivalente a 16 remuneraciones asegurables por muerte natural y 32 remuneraciones asegurables por muerte accidental o invalidez total y permanente ocasionada por un accidente, conforme al Decreto Legislativo N.° 688.
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| Publicación julio 28, 2026| Última actualización julio 28, 2026
La contratación del Seguro Vida Ley es una de las principales obligaciones laborales que deben cumplir los empleadores del régimen laboral privado en el Perú. Aunque muchas empresas lo asocian únicamente con un beneficio para sus trabajadores, en realidad se trata de un seguro obligatorio cuyo incumplimiento puede generar sanciones por parte de la SUNAFIL, además de importantes contingencias económicas frente a un siniestro.
En esta nota conocerás qué es el Seguro Vida Ley, quiénes tienen derecho a esta cobertura, cuáles son sus beneficios, quiénes son los beneficiarios de la indemnización y qué obligaciones debe cumplir el empleador para mantenerse conforme a la normativa vigente.
¿Qué es el Seguro Vida Ley en Perú?
El Seguro Vida Ley es un seguro de vida obligatorio regulado por el Decreto Legislativo N.° 688, que todo empleador debe contratar para los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada desde el inicio de la relación laboral. Su finalidad es brindar protección económica al trabajador y a sus beneficiarios en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente ocasionada por un accidente.
A diferencia de un seguro de vida contratado de manera voluntaria, el Seguro Vida Ley constituye una obligación legal para el empleador. La empresa asume íntegramente el costo de la póliza y debe mantenerla vigente mientras dure la relación laboral.
Su objetivo es garantizar que el trabajador y su familia cuenten con una protección económica frente a eventos que puedan afectar gravemente su capacidad de generar ingresos o provocar su fallecimiento.
Es importante precisar que esta cobertura no reemplaza otros beneficios laborales ni los seguros de salud o pensiones. Se trata de un beneficio social independiente que forma parte de las obligaciones que la legislación laboral impone al empleador.
¿Qué trabajadores están cubiertos?
El Seguro Vida Ley protege a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N.° 728) desde el primer día de labores. Esto comprende tanto a empleados como obreros, sin distinción del cargo que desempeñen.
Entre los principales trabajadores comprendidos se encuentran:
- Trabajadores contratados bajo el régimen laboral privado (D. Leg. N.° 728).
- Trabajadores de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas que se encuentren bajo dicho régimen laboral.
- Trabajadores del hogar, conforme a la normativa vigente que incorporó esta obligación para los empleadores.
- Trabajadores de entidades públicas sujetos excepcionalmente al régimen laboral privado.
Por el contrario, este seguro no aplica a trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios ni a personas que prestan servicios bajo contratos de naturaleza civil, ya que no existe una relación laboral dependiente.
¿Cuáles son las ventajas de un Seguro Vida Ley frente a otros seguros?
Aunque existen diversos seguros de vida disponibles en el mercado, el Seguro Vida Ley presenta características que lo diferencian de los productos contratados de manera voluntaria.
Entre sus principales ventajas destacan:
- Es obligatorio por ley, por lo que el trabajador obtiene la cobertura sin necesidad de contratar un seguro por cuenta propia.
- El empleador asume el 100 % del costo de la prima; el trabajador no realiza ningún descuento de su remuneración.
- Las coberturas mínimas están definidas por la legislación, garantizando un nivel uniforme de protección para todos los trabajadores comprendidos en el régimen laboral privado.
- Protege económicamente a la familia del trabajador mediante indemnizaciones previamente establecidas por ley.
- Puede coexistir con otros seguros de vida privados, seguros EPS o seguros de accidentes contratados por la empresa o por el propio trabajador.
En otras palabras, el Seguro Vida Ley constituye un piso mínimo de protección establecido por la legislación laboral peruana, mientras que otros seguros pueden complementar esa cobertura con beneficios adicionales.
¿El Seguro Vida Ley es obligatorio?
Sí. Todo empleador comprendido en el régimen laboral de la actividad privada está obligado a contratar el Seguro Vida Ley desde el primer día de labores del trabajador, sin importar el tamaño de la empresa. Esta obligación también alcanza a las micro y pequeñas empresas cuando cuentan con trabajadores sujetos al régimen laboral privado.
La contratación oportuna del seguro forma parte de las obligaciones laborales fiscalizadas por la SUNAFIL. En caso de incumplimiento, el empleador puede enfrentar sanciones administrativas y asumir directamente las indemnizaciones que correspondan si ocurre un siniestro.
¿Cómo se activa el Seguro Vida Ley?
El Seguro Vida Ley se activa automáticamente desde el primer día de labores del trabajador, sin que este deba realizar ningún trámite. La responsabilidad de contratar la póliza corresponde exclusivamente al empleador.
Una vez iniciada la relación laboral, la empresa debe incorporar al trabajador dentro de la póliza colectiva contratada con la aseguradora y registrar la información correspondiente conforme a la normativa vigente.
Para el trabajador, la cobertura opera desde el inicio del vínculo laboral, siempre que el empleador haya cumplido con su obligación legal.
De obligatorio a los 4 años, a obligatorio desde el día 1
Hasta el año 2019, el Seguro Vida Ley solo era obligatorio para aquellos trabajadores que hubieran cumplido cuatro años de servicios con el mismo empleador.
Esta situación cambió con la publicación del Decreto de Urgencia N.° 044-2019, posteriormente reglamentado mediante el Decreto Supremo N.° 009-2020-TR, que adelantó la cobertura al primer día de labores para todos los trabajadores comprendidos en el régimen laboral privado.
Línea de tiempo
Antes de 2019
- El Seguro Vida Ley era obligatorio después de cuatro años de servicios continuos con el empleador.
Diciembre de 2019
- El Decreto de Urgencia N.° 044-2019 modifica la obligación y establece que la cobertura debe otorgarse desde el inicio de la relación laboral.
2020
- El Decreto Supremo N.° 009-2020-TR reglamenta la aplicación de esta modificación.
2026
- Todo empleador sujeto al régimen laboral privado debe mantener asegurados a sus trabajadores desde el primer día de trabajo.
¿Qué cubre el Seguro Vida Ley? Beneficios y coberturas
El Seguro Vida Ley ofrece una protección económica para el trabajador y sus beneficiarios frente a determinados eventos establecidos por la ley. Las coberturas mínimas son obligatorias y están definidas por el Decreto Legislativo N.° 688, por lo que todas las pólizas deben contemplarlas como mínimo.
Las indemnizaciones se calculan sobre la remuneración asegurable del trabajador, es decir, la remuneración registrada en planilla y boletas de pago. Para estos efectos, no se consideran conceptos no remunerativos o pagos de naturaleza extraordinaria, como gratificaciones o compensaciones vacacionales adicionales. Asimismo, la remuneración asegurable está sujeta al tope máximo vigente establecido por las normas del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Muerte natural (16 remuneraciones)
Si el trabajador fallece por causas naturales mientras la póliza se encuentra vigente, los beneficiarios recibirán una indemnización equivalente a 16 remuneraciones asegurables.
Esta cobertura busca brindar un respaldo económico a la familia del trabajador frente a la pérdida de su principal fuente de ingresos.
Ejemplo
Si la remuneración asegurable del trabajador es de S/ 2,500, la indemnización mínima será:
16 × S/ 2,500 = S/ 40,000
Siempre que dicho monto no exceda el límite máximo de remuneración asegurable vigente.
Muerte accidental (32 remuneraciones)
Cuando el fallecimiento se produce como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, la indemnización se incrementa a 32 remuneraciones asegurables.
La finalidad de esta cobertura es otorgar una mayor protección económica frente a eventos inesperados que ocasionen la muerte del trabajador.
Ejemplo
Para un trabajador con una remuneración asegurable de S/ 2,500, la cobertura mínima será:
32 × S/ 2,500 = S/ 80,000
Invalidez total y permanente (32 remuneraciones)
El Seguro Vida Ley también protege al trabajador cuando sufre una invalidez total y permanente originada por un accidente.
La normativa considera, entre otros supuestos:
- Pérdida total de la visión de ambos ojos.
- Pérdida total de ambas manos.
- Pérdida total de ambos pies.
- Pérdida total de una mano y un pie.
- Lesiones permanentes que imposibiliten al trabajador desarrollar cualquier actividad laboral durante el resto de su vida.
En estos casos, la aseguradora pagará una indemnización equivalente a 32 remuneraciones asegurables, directamente al trabajador asegurado.
¿Cuál es la cobertura mínima del Seguro Vida Ley?
Todo Seguro Vida Ley debe otorgar, como mínimo, las siguientes coberturas:
|
Contingencia |
Cobertura mínima |
|
Muerte natural |
16 remuneraciones asegurables |
|
Muerte accidental |
32 remuneraciones asegurables |
|
Invalidez total y permanente por accidente |
32 remuneraciones asegurables |
Las empresas pueden contratar pólizas con coberturas superiores si así lo acuerdan con la aseguradora, pero nunca inferiores a los mínimos establecidos por la legislación peruana.
¿Cuánto se paga el Seguro Vida Ley?
El Seguro Vida Ley es financiado íntegramente por el empleador. El trabajador no realiza ningún aporte ni se le descuenta monto alguno de su remuneración para cubrir la prima del seguro.
El costo de la póliza depende de diversos factores, como:
- La edad de los trabajadores asegurados.
- El nivel de riesgo de la actividad económica.
- El número de trabajadores incluidos en la póliza.
- Las condiciones comerciales ofrecidas por la aseguradora.
Por ello, no existe una prima única establecida por ley. Cada aseguradora determina el costo conforme a criterios técnicos y actuariales, respetando las coberturas mínimas exigidas por la normativa.
¿Quién paga el Seguro Vida Ley?
La responsabilidad de contratar y pagar el Seguro Vida Ley corresponde exclusivamente al empleador.
Esto significa que:
- La empresa selecciona la aseguradora.
- La empresa paga la prima.
- La empresa incorpora a los trabajadores desde el primer día de labores.
- El trabajador recibe la cobertura sin efectuar ningún pago.
El incumplimiento de esta obligación puede generar sanciones administrativas y responsabilidades económicas para el empleador en caso de siniestro.
¿Qué porcentaje de mi sueldo cubre?
El Seguro Vida Ley no funciona como un descuento porcentual aplicado al salario del trabajador.
En cambio, la indemnización se calcula multiplicando la remuneración asegurable por el número de remuneraciones establecido en la ley para cada contingencia.
|
Cobertura |
Indemnización |
|
Muerte natural |
16 remuneraciones asegurables |
|
Muerte accidental |
32 remuneraciones asegurables |
|
Invalidez total y permanente |
32 remuneraciones asegurables |
En todos los casos, la remuneración utilizada para el cálculo está sujeta al tope máximo vigente definido por la SBS para el Sistema Privado de Pensiones.
Ejemplo de cálculo en soles
Supongamos que un trabajador percibe una remuneración asegurable de S/ 2,500.
|
Cobertura |
Cálculo |
Indemnización |
|
Muerte natural |
16 × S/ 2,500 |
S/ 40,000 |
|
Muerte accidental |
32 × S/ 2,500 |
S/ 80,000 |
|
Invalidez total y permanente |
32 × S/ 2,500 |
S/ 80,000 |
Este ejemplo es referencial y aplica siempre que la remuneración asegurable no supere el tope máximo vigente establecido por la normativa del Sistema Privado de Pensiones.
¿Quiénes son los beneficiarios del Seguro Vida Ley?
Cuando ocurre el fallecimiento del trabajador, la indemnización no se entrega automáticamente a cualquier familiar. La ley establece un orden de prelación que determina quiénes tienen derecho a recibir la cobertura.
Los beneficiarios son:
- El cónyuge o conviviente reconocido conforme a ley y los hijos del trabajador.
- A falta de ellos, la indemnización corresponde a los padres.
- Si tampoco existen padres con derecho, la cobertura será entregada a los hermanos menores de 18 años.
Por esta razón, es importante que el trabajador complete y mantenga actualizada la Declaración Jurada de Beneficiarios, ya que este documento facilita el proceso de indemnización y reduce el riesgo de controversias entre los posibles herederos.
En caso de que cambie su situación familiar —por ejemplo, debido a un matrimonio, divorcio, unión de hecho o nacimiento de hijos—, es recomendable comunicar la actualización al empleador y a la aseguradora para mantener la información vigente.
¿Cómo saber si tengo Seguro Vida Ley?
Si eres trabajador y deseas verificar si tu empleador contrató el Seguro Vida Ley, no necesitas solicitar la póliza directamente a la empresa. Existen herramientas oficiales que permiten confirmar si cuentas con esta cobertura.
Puedes comprobarlo siguiendo estos pasos:
- Consulta el Reporte del Seguro Vida Ley de la SBS.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) pone a disposición de los trabajadores un reporte gratuito que permite verificar si una empresa registró un Seguro Vida Ley vigente a su favor. - Solicita información al área de Recursos Humanos.
El empleador debe conocer con qué aseguradora contrató la póliza y mantener actualizada la información de los trabajadores asegurados. - Verifica tu fecha de ingreso.
La cobertura debe existir desde el primer día de labores si perteneces al régimen laboral de la actividad privada. - Revisa la Declaración Jurada de Beneficiarios.
Si tu empresa te solicitó completar este documento al momento de tu incorporación, es recomendable confirmar que la información continúe actualizada. - Si detectas un incumplimiento, puedes presentar una denuncia ante la SUNAFIL.
Cuando un empleador no contrata el Seguro Vida Ley estando obligado a hacerlo, cualquier trabajador puede denunciar la situación. La SUNAFIL dispone de mecanismos para recibir denuncias, incluso bajo reserva de identidad cuando la normativa lo permite.
Recomendación: Cada vez que cambie tu situación familiar (matrimonio, divorcio, unión de hecho, nacimiento de hijos o fallecimiento de un beneficiario), actualiza tu Declaración Jurada de Beneficiarios. Esto agilizará el pago de la indemnización si ocurre un siniestro.
¿Qué pasa si mi empresa no contrata el Seguro Vida Ley? Sanciones SUNAFIL
No contratar el Seguro Vida Ley no solo constituye un incumplimiento de la normativa laboral. También expone a la empresa a sanciones económicas y a asumir directamente las indemnizaciones que correspondan si un trabajador fallece o sufre una invalidez total y permanente durante la vigencia de la relación laboral.
Además del impacto financiero, este incumplimiento puede generar observaciones durante una inspección laboral y afectar la reputación de la organización frente a sus colaboradores.
Sanciones SUNAFIL por incumplimiento
La contratación del Seguro Vida Ley forma parte de las obligaciones laborales fiscalizadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
Cuando un empleador no cumple con esta obligación, puede enfrentar:
- Multas administrativas, cuyo monto dependerá del tamaño de la empresa, el número de trabajadores afectados y la calificación de la infracción conforme al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
- Órdenes de subsanación emitidas durante una inspección laboral.
- Responsabilidad económica directa, si ocurre un siniestro y la empresa no contrató la póliza obligatoria.
- Contingencias adicionales derivadas de acciones judiciales iniciadas por los beneficiarios del trabajador.
En otras palabras, omitir la contratación del Seguro Vida Ley puede resultar considerablemente más costoso que mantener la póliza vigente.
Registro obligatorio ante el MTPE
Además de contratar la póliza, el empleador debe cumplir con el Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley, administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Este registro permite que la autoridad laboral cuente con información actualizada sobre las pólizas contratadas y facilita la supervisión del cumplimiento de esta obligación.
Mantener la información correctamente registrada constituye una buena práctica de cumplimiento y contribuye a reducir observaciones durante una eventual fiscalización.
Cómo un software de RR. HH. ayuda a cumplir con el Seguro Vida Ley sin multas
Cumplir con el Seguro Vida Ley implica mucho más que contratar una póliza. Las empresas deben asegurarse de incorporar a cada trabajador desde el primer día de labores, mantener actualizada la información de los beneficiarios y conservar la documentación necesaria para responder ante una inspección de la SUNAFIL.
Cuando estos procesos se administran de forma manual, es más probable que se produzcan errores como omitir el registro de un nuevo colaborador, mantener datos desactualizados o perder documentación relevante.
Una plataforma de gestión de personas permite automatizar gran parte de estas tareas. Al centralizar la información laboral, es posible controlar las fechas de ingreso, generar alertas para el seguimiento de obligaciones, mantener la documentación organizada y facilitar la coordinación entre las áreas de Recursos Humanos, Administración y Finanzas.
Con Buk, las empresas pueden centralizar la información de sus colaboradores, automatizar procesos de incorporación, administrar documentos laborales y mantener un historial actualizado de cada trabajador. Esto facilita el cumplimiento de obligaciones como el Seguro Vida Ley y mejora la preparación frente a fiscalizaciones de la SUNAFIL, reduciendo riesgos administrativos y operativos. Accede a una demo y descubre cómo Buk puede hacerlo.
FAQ´s
¿Qué es el Seguro Vida Ley en Perú?
El Seguro Vida Ley es un seguro obligatorio que todo empleador del régimen laboral privado debe contratar desde el primer día de labores de sus trabajadores. Brinda protección económica en caso de muerte natural, muerte accidental o invalidez total y permanente ocasionada por un accidente.
¿Qué aseguradoras ofrecen Seguro Vida Ley para empresas?
Diversas compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) comercializan el Seguro Vida Ley para empleadores. Entre ellas se encuentran aseguradoras como Pacífico Seguros, RIMAC Seguros, La Positiva Seguros, MAPFRE Perú, Interseguro y otras entidades autorizadas para operar este ramo. Antes de contratar una póliza, es recomendable comparar coberturas adicionales, costos y servicios ofrecidos por cada aseguradora.
¿Cómo funciona un Seguro Vida Ley en el contexto laboral peruano?
El empleador contrata una póliza colectiva con una aseguradora e incorpora a sus trabajadores desde el primer día de labores. Si ocurre alguno de los eventos cubiertos por la ley, la aseguradora paga la indemnización correspondiente al trabajador o a sus beneficiarios, según corresponda.
¿Dónde puedo contratar un Seguro Vida Ley cerca de mí?
El Seguro Vida Ley puede contratarse directamente con una aseguradora autorizada por la SBS o mediante un corredor de seguros. Actualmente, la mayoría de compañías permite cotizar y contratar este seguro de manera digital, por lo que no es necesario acudir físicamente a una oficina.
¿Quiénes están obligados a contratar el Seguro Vida Ley?
Todos los empleadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada están obligados a contratar el Seguro Vida Ley para sus trabajadores desde el primer día de labores. Esta obligación alcanza tanto a micro y pequeñas empresas como a medianas y grandes organizaciones sujetas al régimen laboral privado.





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